La Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (ANPBA) pide que se eleven «sustantivamente» las penas por maltrato, maltrato cruel y muerte de animales, tras conocerse el caso de una joven que fue detenida esta semana en Ciudad Real acusada de presunto maltrato animal por matar a un gato al meterlo en una lavadora.
La asociación insistirá ante el Congreso en que haya un «drástico endurecimiento» de las penas porque así lo «exige» la sociedad actual, ya que, a su juicio, «el día a día demuestra con hechos contundentes que la norma actual ha de ser modificada a fin de ejercer una función disuasoria más eficaz».
Según indica la entidad, en España son «constantes» los casos de malos tratos a animales, y pone de ejemplo perros ahogados en ríos con pesados bloques de hormigón atados al cuello, burros apaleados, gatos tiroteados o ahogados, caballos reventados en fiestas, cabras sacrificadas en ritos satánicos, gallos obligados a luchar en peleas o jabalíes que acaban golpeados y ahogados en acequias.
«Día a día, muchos animales son víctimas anónimas de la crueldad, carencia de compasión y abuso de poder que despliegan sobre ellos algunos entes humanos», añade ANPBA.
Sin embargo, apunta que hay casos que, al hacerse públicos, «sacuden de horror» a la sociedad española, como es el caso del «suplicio y muerte de un impotente gato introducido en una lavadora».
Según expone la asociación, el felino maullaba dentro del tambor del electrodoméstico, «lastimero y asustado», y lamenta que «no hubo compasión», pues fue sometido a varios ciclos de lavado hasta morir. «Las escenas finales del horrendo vídeo muestran las últimas sacudidas de un tierno cuerpo negro que, sin poder más, entrega su vida», lamenta ANPBA.
En este sentido, la entidad denuncia que el Código Penal español «es todavía demasiado suave y compasivo con aquellos que no han mostrado compasión con los animales». Según manifiesta, en su artículo 337 impone una «irrisoria» pena de entre tres meses y un año de prisión a quienes maltraten injustificadamente a un animal.
Asimismo, recoge que si el animal es matado, la pena de prisión oscila entre los seis meses y los 18 meses de prisión, lo que significa para la asociación «que el matador no pisará la cárcel, como se ha visto confirmado constantemente, salvo dos o tres honrosos y excepcionales casos».
«Además, el Código Penal dispone, en el mismo artículo, que si no se dan los supuestos tasados en los parágrafos 2 y 3 del artículo 337, entonces, aunque los animales sean maltratados cruelmente la pena es de una simple multa», concluye la entidad, que reclama a los diputados «tomar nota de la solicitud cada vez más clamorosa de la sociedad española, para una protección eficaz de los animales frente a sus maltratadores».
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