La parlamentaria -que se encuentra de baja médica por depresión desde que hizo publicas sus acusaciones- ha denunciado a Ossorio ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), órgano competente al tratarse de un diputado regional y, por lo tanto, aforado.
En la denuncia, la parlamentaria detalla que en un pleno del pasado mes de junio el portavoz le espetó: «¡Es que no te sabes la ley, eres tonta, tonta! Ahora coges y te vas y te estudias la ley y las enmiendas ¡Venga, ve y te las estudias?! Y a las cinco voy a convocar una reunión y te vamos a preguntar sobre ella».
De hecho, sus abogados han pedido al TSJM que libre oficio a la Asamblea de Madrid para que se remita una copia de la grabación en vídeo del citado Pleno para someterlo al análisis de un perito conocedor de la lectura de los labios.
También ha asegurado que en otras reuniones de trabajo en el despacho del portavoz sufrió «continuas agresiones verbales y humillaciones».
Sus letrados exponen que González-Moñux cumple el estado psicológico que los expertos describen como «mobbing» o acoso laboral y recuerdan que el 10 de noviembre fue cesada de su responsabilidad de portavoz adjunta de su partido en la Asamblea de Madrid, estando de baja médica.
«La señora González-Moñux no quiere hacer daño a su partido, ni tiene intención de pasarse al Grupo Mixto ni mucho menos renunciar a su acta de diputada regional. Pero se ve obligada a interponer esta denuncia ante la incomprensión y el silencio de los dirigentes regionales del PP, que no sólo han mirado para otro lado sino que, además, han cerrado filas con el señor Ossorio», han asegurado sus abogados en una nota de prensa.
Precisamente, la Sala Civil y Penal del TSJ de Madrid ha inadmitido este martes la solicitud de acto de conciliación presentada por Enrique Ossorio contra Elena González-Monux.
La razón es que esa sala no tiene competencia objetiva para conocer de dicho acto de conciliación, por lo que Ossorio debe recurrir a un juzgado de primera instancia.
Para la tramitación de la querella, de llegar a producirse, sí sería competente la Sala Civil y Penal del TSJ de Madrid.
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