La Ley de Vivienda recoge dos tipos de raciones: una por constituir una infravivienda a partir de unos bajos no autorizados donde vive gente, algo que se considera una infracción muy grave. La otra infracción, considera grave, consiste en publicitar infraviviendas de alquiler. En este caso, las sanciones van de 3.001 a 30.000 euros mientras que en el primer caso, en el de constitución de una infravivienda, la sanción va de los 30.001 a 90.000 euros.
Desde la Conselleria de Mobilitat i Habitatge explican que la sanción más elevada que se ha puesto en este caso es una de 126.004,20 euros por siete infraviviendas en Eivissa. La principal dificultad con la que se encuentran los inspectores de la Conselleria es que resulta complicado identificar a las personas que se encuentran detrás de esa publicidad no autorizada. Eso dificulta la identificación del inmueble que se publicita, aunque, en términos generales, las plataformas que comercializan la oferta son colaboradoras con los servicios de inspección.
Otra de las sanciones corresponde a una VPO que estaba realquilada por habitaciones a ocho personas y que además había instalado una vivienda prefabricada en la terraza para que cupiera más gente. La multa fue de 36.000 euros por destinar la vivienda a piso patera y por lucro indebido al tratarse de una VPO cuyo precio de alquiler está reglado y tasado.
La Ley de Vivienda se modificó en el año 2021 para acabar con el mercado de las infraviviendas y de los pisos patera. Establece que los metros mínimos de habitabilidad para una vivienda nueva son 30, pero esta cifra se reduce a 24 metros para edificaciones preexistentes.
No son las únicas sanciones que ha impuesto el Govern desde que está en vigor la ley. De hecho, durante todos estos años, ya ha cobrado un total de 1,8 millones de euros en multas diversas por incumplimiento de la normativa autonómica. Hasta ahora ha abierto 464 expedientes de los que 332 han acabado en sanción, en 71 % de los procedimientos que se han hecho.
Grandes tenedores
La mayor cuantía de las multas ha recaído en el apartado de los grandes tenedores, bancos o fondos buitre que tienen más de 10 viviendas. Las estadística de la Conselleria detalla que, en este caso, se han abierto 48 expedientes que suman un total de 794.846 euros de multa. En el caso de los grandes tenedores, el Govern sanciona que los pisos vacíos de su propiedad no estén correctamente inscritos o si se detecta que hay falta de colaboración entre el propietario y la administración.
Otro motivo de sanción es que no se comunique al Govern la venta de inmuebles para que el Ejecutivo pueda efectuar el derecho de tanteo y retracto, es decir el derecho de compra preferente. En este caso, la sanción se considera grave y la multa va de entre 30.001 a 90.000 euros por venta no comunicada. En el caso de que los grandes tenedores no tengan debidamente registrado su piso vacío, la multa va de los 3.001 a los 30.000 euros.
También hay multas por tratar de revender una VPO sin cumplir las condiciones que marca la ley. El propietario debe revendérsela en primera instancia al Govern o a un tercero, pero a un precio tasado para que no especule con un piso que se ha adquirido con ayudas públicas. En el caso de VPO se han abierto 119 expedientes que suman 630.141 euros en multas. Se sanciona que se haga publicidad de la venta de una VPO sin cumplir la normativa, que la vivienda esté vacía más de tres meses al año sin justificar o que se obtenga lucro indebido por esa venta.
El Govern también tiene capacidad para sancionar que no se establezcan fianzas por el alquiler de pisos o que estén mal hechas. Los inspectores comprueban si la fianza está depositada en el Ibavi, como es la obligación, y, de no estarlo, se abre un expediente sancionador con sanciones que pueden ser de hasta el 200 % del valor de la fianza.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Periódico de Ibiza y Formentera
De momento no hay comentarios.