Redes sociales. La normativa impedía a los albergues juveniles acudir a canales como las redes sociales para su comercialización. En la imagen, un albergue en Sant Antoni. | Redacción Ibiza
El TSJIB elimina la prohibición de comercializarse por canales turísticos a los albergues juveniles Balears. La Sala de lo Contencioso considera ilegal el decreto con el que el Govern regulaba esta actividad y sólo permitía que cualquier alojamiento para menores de treinta años se publicitase y se pusiera a la venta a través de sus propias páginas web y de redes específicas. La sentencia admite el recurso planteado por la Asociación Profesional de Albergues de Balears. Esta organización consideraba que la limitación restringía su funcionamiento normal y colisionaba con directivas de la Unión Europea. El Govern argumentaba que la prohibición se incluía como una de las fórmulas para distinguir esta actividad destinada a menores del resto de albergues y proteger a los jóvenes cuando opten por este tipo de alojamientos.
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