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La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó ayer al presidente del Atlético del Madrid, Jesús Gil, a 3 años y medio de prisión por los delitos de apropiación indebida y estafa, y a depositar las acciones que posee del club, que podrán subastadas, por el caso de las irregularidades cometidas durante la transformación de la entidad en Sociedad Anónima Deportiva y la gestión desarrollada en años siguientes. El tribunal condena a Jesús Gil por un delito de apropiación indebida a 2 años de prisión y, por otro de estafa por simulación de contrato, a 1 año y 6 meses. Por su parte, el hijo de Gil y director general del club, Miguel Angel Gil Marín, ha sido condenado a 1 año y medio de cárcel por el delito de estafa por simulación de contrato, y el vicepresidente, Enrique Cerezo, a 1 año de prisión al considerarle el tribunal cooperador necesario de un delito de apropiación indebida.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Díaz Delgado, condena a Jesús Gil y Enrique Cerezo a restituir al Atlético de Madrid las 236.056 acciones que poseen del club, en concepto de responsabilidad civil. De este modo, ambos deberán poner estas participaciones a disposición del club para que se subasten públicamente, aunque es posible que no se lleve a cabo esta medida al no ser firme la sentencia, ya que es previsible que sea recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, según indicaron fuentes jurídicas.

En cualquier caso, si el fiscal Anticorrupción que ha ejercido la acusación en este caso, Carlos Castresana, solicitara la ejecución de la sentencia, las acciones se tendrían que subastar, añadieron las mismas fuentes. Respecto al delito de estafa por simulación de contrato, el fallo condena a Jesús Gil y a su hijo Miguel Angel a reponer la situación contable «al estado anterior a la ficción», cuando reflejaba una deuda de Jesús Gil con el club por importe de 2.700 millones de pesetas (16'2 millones de euros).

Asimismo, ambos deberan abonar de forma solidaria y por partes iguales la suma a que ascienda el importe del IVA que el Atlético de Madrid haya pagado en relación con los contratos que se declaran ficticios. La sentencia absuelve a los tres procesados, Gil, Gil Marín y Cerezo, del delito societario continuado.