La Audiencia Provincial de las Illes Balears decretó ayer una pena de 7 años de cárcel y la prohibición de pisar la isla de Eivissa durante los próximos 23 años a M.M.F, acusado de homicidio en grado de tentativa, maltrato ocasional y habitual, amenazas y lesiones que el acusado ejerció contra su ex pareja. El Ministerio Fiscal pedía un total de 11 años y tres meses de prisión y una orden de alejamiento de 19 años entre todos los delitos cometidos.

Los hechos se remontan a abril de 2013, cuando N.G.B. decidió poner fin a una relación sentimental que mantenía con M.M.F. desde 2007.

Desde ese momento, el acusado no aceptó la ruptura y mantuvo una actitud de control sobre la vida de la víctima, vigilando sus rutinas, esperándola en el portal de su domicilio en Vila o a la salida de su puesto de trabajo.

Al parecer, eran continuas las llamadas telefónicas para conminarla a restablecer la relación con frases como «Eres mía o de nadie», «Si te veo con otro te mato» o «No vas a ser feliz, te tendrás que ir de aquí», según relataba el escrito de la acusación pública.

Esta conducta impidió a la víctima el desarrollo de una vida con normalidad y libertad, causándole un estado continuo de ansiedad y desasosiego.

Tras una serie de agresiones que no fueron denunciadas, finalmente el acusado persiguió con su coche a la mujer, que conducía el suyo. En un trayecto que le llevó de la carretera de Vila a Santa Eulària hasta Es Viver.

Allí, la víctima paró en el aparcamiento de un supermercado donde fue atacada por su ex pareja con un bate de béisbol.

La intervención de terceros, entre ellos la madre de la víctima, evitó que M.M.F. consumara el homicidio que ya había anunciado.