Los dos acusados tendrán que responder del delito que s ele imputa ante la Audiencia Provincial.

El fiscal pide para ambos acusados, un hombre de 76 años y una mujer de 75, la pena de tres años y medio de prisión, multa de 1.800 euros y a que, con intereses, devuelvan la cantidad que legítimamente pertenecía a otra persona. Según los indicios recogidos por el ministerio público, los sospechosos se quedaron con dicha suma tras cancelar varias cuentas y abrir otras a su nombre. «Los acusados se quedaron con todos los fondos de las cuentas que mantenían abiertas con dicha mujer, y todo ello sin haber aportado cantidad alguna a dichas cuentas, sin ser los beneficiarios legales y con ánimo de beneficiarse a costa de lo ajeno», según señala el escrito fiscal.

La perjudicada de este caso es una mujer que era heredera abintestato de una mitad indivisa, junto con su tía, de la fortuna dejada por un hombre tras su fallecimiento el 10 de febrero de 1998. Asimismo, era heredera legal por sucesión testada de su tía, persona que murió dos años después. Los dos fallecidos era titulares de cuentas conjuntas que, nada más morir el hombre, se cancelaron y fueron puestas a nombres de los encartados en este caso.

La Fiscalía, de igual modo, entiende que la mitad de las cuentas canceladas eran propiedad de la mujer que resultó perjudicada con estas operaciones. Según lo que acredita el ministerio público, los acusados dispusieron el 20 de febrero de 1998 de 23.920 y 24.040 euros; el 1 de diciembre de ese año, de 43.799 euros. Todas estas operaciones, hechas en cuentas del hombre fallecido, se realizaron sin autorización y consentimiento de la afectada. Asimismo, se hicieron otras maniobras bancarias similares con depósitos que pertenecían a la viuda y en la que también sumaron sus nombres. La operación de dejar fuera a la perjudicada presuntamente se repitió en febrero de 2.000. En esa época, supuestamente, se apropiaron de 55.000 euros.