Los hechos denunciados ocurrieron en una casa de la zona de Buscastell.

Una vecina de Sant Antoni y su hijo han sido condenados por el juzgado de lo Penal número 2 de Eivissa a pagar cada uno de ellos 1.080 euros después de que ambos hayan sido considerados autores de un delito de coacciones por cómo llevaron a cabo el desahucio de un inquilino con el que, al parecer, tenían malas relaciones y problemas económicos.

La jueza Martina Rodríguez, sin embargo, absuelve a una tercera persona que también tuvo que sentarse en el banquillo al no considerarse probada su participación en unos hechos ocurridos en Buscastell. Todos ellos, además, han sido absueltos de apropiarse de distintos efectos que el morador abandonó en un jardín.

La sentencia considera probado que los acusados lograron que su inquilino abandonara precipitadamente la vivienda en plena noche y en invierno después de presentarse a las puertas del domicilio y al grito de «abra a la Guardia Civil» obligarle a que abriera la puerta.

Esta acción vino acompañada de otras en las que se usaron «expresiones atemorizantes como la de que le iban a matar si no se iba en ese mismo momento», aclara el fallo.

Los hechos ocurrieron un 28 de enero sobre las once de la noche cuando presuntamente los acusados llegaron a su propiedad acompañados un número indeterminados de personas, todos varones. El afectado, que en ese momento se hallaba con un amigo, se encontró de pronto con su casera, una mujer ibicenca de unos 50 años, y con su hijo tras lograr estos que con sus artimañas se les abriera la puerta de la vivienda.

El morador, que luego interpuso una denuncia, tuvo que recoger sus pertenencias tras envolverlas en mantas. Su improvisado equipaje, de igual manera, fue introducido en un coche con tal prisa que buena parte de los enseres de su propiedad, al no poder cargarlos en el vehículo, tuvieron que ser dejados en el exterior. La sentencia recoge que la propietaria de la casa y su hijo lograron «de inmediato» su propósito de desalojar a su inquilino, en lo que la jueza Rodríguez califica como un «desahucio de hecho y extrajudicial en la vivienda ocupada».

Durante la causa, sin embargo, se ha resuelto también como probado que la dueña de la casa indemnizó posteriormente al denunciante con la cantidad de mil euros. Ambos firmaron en 2002 de forma verbal el alquiler de esta casa por un precio que acordaron y en el que los pagos no venían refrendados por la entrega de recibos.

Problemas
La controversia surgió cuando la mujer reclamó a su inquilino cuatro meses atrasados que, según el denunciante, ya habían sido abonados por anticipado. «No sabemos si quería deshacerse de un inquilino porque no pagaba o porque era una persona que ocasionaba problemas por su fuerte carácter», dice la jueza. Tampoco considera claro que la mujer se hubiera quedado por la fuerza con los enseres dejados por el inquilino. «Más bien parece que quedaron abandonados por lo precipitado de la huida».