El incendio de Sant Vicent es un caso para un jurado. Así lo establece la legislación que enmarca la quema de masas forestales por un hecho provocado como materia de delito sobre el que debe dilucidar un tribunal popular.

La investigación llevada a cabo por la Guardia Civil hasta la fecha corrobora, como apuntaban los primeros incendios, que el fuego se inició en el Pla de ses Formigues de una manera provocada, pesquisas a las que se añade un atestado con un sospechoso. La investigación judicial se halla ya pendiente de que aparezcan nuevas pruebas de cargo o, en caso contrario, que avalen el alegato de inocencia mantenido por el sexagenario vecino de Santa Eulària que ha tenido que ingresar como preso preventivo por estos hechos. La instrucción deberá confirmar o no las acusaciones. En juego, están penas de hasta cinco años de prisión.

Si éstas se mantienen Alberto F.R., aunque haya logrado su libertad provisional, tal y como estaba previsto solicitar por su arraigo social en la isla, tendrá que enfrentarse a un auto de procesamiento que le llevará a viajar a Mallorca para comparecer ante la Audiencia Provincial y sentarse en el banquillo ante un jurado. Este tribunal, igual que si aparecieran otros acusados e incluso se descartara a Alberto F.R., tendrá que determinar la inocencia o culpabilidad de las personas que finalmente puedan ser juzgadas por todo ello. Según todas las fuentes consultadas por este periódico, hasta ahora, en Balears, ningún tribunal popular ha juzgado a nadie por fuegos forestales.

Se establece que los que incendiaran montes o masas forestales recibirán condenas de uno a cinco años de cárcel y si hubiera habido peligro para la vida o integridad de alguien las penas aumentan de diez a veinte.