El incendio de Sant Vicent es un caso para un jurado. Así lo
establece la legislación que enmarca la quema de masas forestales
por un hecho provocado como materia de delito sobre el que debe
dilucidar un tribunal popular.
La investigación llevada a cabo por la Guardia Civil hasta la
fecha corrobora, como apuntaban los primeros incendios, que el
fuego se inició en el Pla de ses Formigues de una manera provocada,
pesquisas a las que se añade un atestado con un sospechoso. La
investigación judicial se halla ya pendiente de que aparezcan
nuevas pruebas de cargo o, en caso contrario, que avalen el alegato
de inocencia mantenido por el sexagenario vecino de Santa Eulària
que ha tenido que ingresar como preso preventivo por estos hechos.
La instrucción deberá confirmar o no las acusaciones. En juego,
están penas de hasta cinco años de prisión.
Si éstas se mantienen Alberto F.R., aunque haya logrado su
libertad provisional, tal y como estaba previsto solicitar por su
arraigo social en la isla, tendrá que enfrentarse a un auto de
procesamiento que le llevará a viajar a Mallorca para comparecer
ante la Audiencia Provincial y sentarse en el banquillo ante un
jurado. Este tribunal, igual que si aparecieran otros acusados e
incluso se descartara a Alberto F.R., tendrá que determinar la
inocencia o culpabilidad de las personas que finalmente puedan ser
juzgadas por todo ello. Según todas las fuentes consultadas por
este periódico, hasta ahora, en Balears, ningún tribunal popular ha
juzgado a nadie por fuegos forestales.
Se establece que los que incendiaran montes o masas forestales
recibirán condenas de uno a cinco años de cárcel y si hubiera
habido peligro para la vida o integridad de alguien las penas
aumentan de diez a veinte.
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