El acusado dejó de declarar el IVA a la Agencia Tributaria y por ello fue procesado.

La Audiencia Provincial ha revocado una sentencia absolutoria dictada por un juzgado ibicenco por la que se absolvía a un empresario maderero de la isla procesado por un presunto fraude a Hacienda en el pago del IVA por cantidades que en su conjunto se elevan a 37 millones de pesetas.

La Sección Primera resuelve ahora que el acusado, Jaime Torres Colomar, es culpable de dos delitos fiscales y que por ello debe pagar el dinero no devengado por este impuesto a la Agencia Tributaria, así como responder de lo ocurrido con una pena de un año y dos días de cárcel.

El acusado, administrador único de la firma «Industrias de la Madera Es Prat S.A.», no presentó ninguna declaración por el IVA durante los ejercicios de 1994 y 1995 pese a haber percibido el impuesto repercutido a sus clientes, según considera probado el nuevo fallo judicial que se ha hecho público y al que ha tenido acceso este periódico.

La intencionalidad en la omisión de la declaración de estos pagos -17.666.229 pesetas en 1994 y 19.369.256 en 1995- es la clave de la nueva de decisión que ha dado la razón al recurso presentado por la fiscalía tras la sentencia absolutoria que dictó en su día el juzgado de lo Penal número 2 de Eivissa.

La Audiencia llega a la «íntima convicción» del dolo defraudatorio porque el acusado era «plenamente consciente» de que incurría en un delito fiscal y por la reiteración de su conducta.

IMPAGOS
Torres Colomar no sólo dejó de ingresar el IVA de 1994 y 1995 sino que tampoco lo hizo en los dos años anteriores y en los dos posteriores., «dejando así y al descubierto su voluntad deliberadamente rebelde y contumaz al cumplimiento de sus deberes tributarios», explica la Sala. Las cantidades impagadas durante el 94 y el 95 superaron la cuantía establecida para la estimación de posibles delitos fiscales, no así las anteriores y las posteriores. El juzgado de lo Penal basó su decisión, sin embargo, al tener muy en cuenta que «Industrias de la Madera es Prat» se hallaba en situación de manifiesta crisis desde 1992., que se habían hechos pagos a cuenta del IVA en el 95, 96 y 97 y que otra empresa del grupo de la sociedad había hipotecado bienes inmuebles para garantizar el pago de la deuda tributaria. A todo ello había que sumar que el acusado colaboró en todo momento con Hacienda en la determinación de la deuda pendiente.