Francisco Javier Campillo Melero, vecino de Sant Antoni y conductor
de un turismo que se vio implicado en un accidente mortal en
Eivissa en octubre de 1997, es culpable de un delito contra la
seguridad del tráfico pero no de un homicidio imprudente, cargo
éste último por el que también fue acusado y por el que se jugaba
dos años de cárcel.
Así lo ha entendido la Audiencia que ha valorado que no sólo él
cometió una actitud negligente al ir bebido sino que también lo fue
la víctima, un joven que conducía sin carnet y que «interfirió
irregularmente en la trayectoria» del otro coche cuando le
adelantaban por un carril central. Una ocupante de este último
coche resultó herida grave.
El tribunal, sin embargo, ha resuelto que el acusado, un joven
de 22 años, tendrá que pagar una multa e indemnizaciones a los
perjudicados, que en su conjunto se elevan a una cifra próxima a
los ocho millones de pesetas. No podrá tampoco conducir vehículos a
motor en un plazo de dos años. La sentencia a la que ha tenido
acceso este periódico establece asimismo que ambos vehículos iban
en paralelo por sus respectivos carriles cuando ocurrió el
accidente en el tramo 9'800 de la carretera de Sant Antoni a
Eivissa. La Sala, de esta manera, aclara que no existió contacto
por alcance y que por tanto no hubo invasión completa de
carril.
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