Así mismo, se ha constatado cómo la propiedad no ha cumplido con las paralizaciones de obras decretadas y mantuvo la ejecución de trabajos una vez ya se había dictado la orden de paralización de obras. Los hechos comprobados finalmente han derivado en la determinación de la comisión de tres infracciones, una muy grave y dos graves, de la normativa urbanística, lo que, unido al importe de las obras, motiva el elevado importe de la sanción. Además de la multa impuesta, también se ha ordenado la restitución a su estado anterior de los elementos modificados.
La propiedad de la vivienda había solicitado previamente diferentes autorizaciones, así como presentado comunicación previa de obras para la ejecución de pequeñas actuaciones de escasa cuantía y técnica sencilla en el inmueble. Las diferentes inspecciones giradas por los Servicios Técnicos Municipales permitieron comprobar que los trabajos habían tenido una envergadura mucho mayor y afectaban a más elementos que los demandados por los dueños, quedando fuera de la cobertura de las licencias y comunicaciones previas presentadas. Además, en varias ocasiones se constató la continuación de los trabajos a pesar de haberse decretado su paralización provisional.
Según los inspectores enviados, con la excusa de trabajos menores se había procedido a la reforma integral de la vivienda existente, con más de 400 metros cuadrados de superficie construida dividida en dos plantas. Además, se había procedido al cambio de uso de un garaje de 54,68 metros para reconvertirlo en una sala de instalaciones. Igualmente, se amplió ligeramente un anexo de manera que pasaba de tener un dormitorio con un baño a disponer también de una sala de estar con cocina. En su conjunto, el valor estimado de los trabajos realizados se cuantificó en más de 544.000 euros.
Los trabajos han supuesto diferentes infracciones, cada una de las cuales da lugar a un importe sancionador. El importe principal corresponde a las obras no permitidas en un edificio con protección patrimonial, algo que la Ley 12/2017 de Urbanismo de Balears, en su artículo 184, permite sancionar con entre un 200 y un 300% del valor de los trabajos (en este caso se ha optado por fijar un 250%), lo que supone 1.361.000 euros. A esto debe sumarse una infracción por el cambio de uso sin permiso del anexo, lo que supone una multa del 75% del valor de aquellos trabajos en concreto, por lo que se establece un montante de casi 17.500 euros más.
La decisión municipal, firme en el plano administrativo, da también dos meses de plazo para la reposición de la realidad física alterada. En caso de no hacerse, el Consistorio podría imponer hasta 12 multas coercitivas (que se sumarían a la cantidad que ya debe pagar) equivalentes al 10% del valor de las obras realizadas. Además, el Consistorio podría ejecutar directamente las obras y después repercutir su coste a la propiedad.
7 comentarios
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La casta política y burocrática ha acabado definitivamente con la libertad en este país. Ni tu casa puedes poner a tu gusto. Eso si...ellos puedes desguazar nuestro país e irse de rositas.
MiquelSr. Miguel amb tots el respectes crec que vosté está molt equivocat.
La noticia será cuando la cobren, ahora es papel mojado y vender lo q no eres. Todos sabemos cómo funciona el clan de Santa Eulalia, si el infractor fuera des nostrus…van el Vicent Mari y el Marianu Juan ha inaugurar la piscina
Davide y Pep iros a Mykonos por ejemplo a ver si os dejan hacer una horterada de cristal como hacen por aqui.. mas duro seria yo con los normas de edificiar y el mantenimiento de las propiedades tradicionales
¿Por qué el gobierno hace tan difícil modernizar la propiedad? Estas ridículas restricciones y burocracia sólo hacen de Ibiza una isla destartalada del tercer mundo, no muy diferente a Cuba. Estamos en 2023 y si un propietario quiere reformar su casa, no debería ser asunto de nadie más.
Dónde queda la propiedad privada?
Lo interesante es saber si todo lo que multan se cobra.