El Consistorio ha considerado que la sociedad, y el administrador en este caso, deberían haberse negado a la decisión del comprador, ya que la Policía Local así lo requirió cuando se realizaba el traslado e instalación.
Según la resolución del Ayuntamiento, la instalación de una vivienda prefabricada sin ninguna licencia sería una infracción del artículo 186 de la Ley 2/2014 de Ordenación y Uso del Suelo, que prevé multas de entre el 100 y el 250 por ciento del valor de las obras e instalaciones que se realizan en parcelas no edificables o contradicen la ordenación urbanística aplicable.
En este caso concreto, el hecho de que los agentes informaran al transportista e instalador de que no podía dejar la vivienda en la parcela e ignorara la orden, es motivo suficiente para imponer la sanción en su tramo más elevado, el 250 por ciento del valor de la casa, de unos 40 metros cuadrados y valorada en unos 25.950 euros.
El Ayuntamiento mantiene aún la tramitación de otros dos expedientes contra el comprador de la casa y que podrían suponer para éste hasta 110.000 euros de multa. Los hechos se descubrieron el pasado 20 de marzo, cuando un camionero solicitó acompañamiento para un transporte especial que debía transcurrir por el municipio.
Una vez en el destino, los agentes interrogaron al propietario sobre la licencia y, ante esta situación, se informó al comprador sobre la infracción.
En el caso del propietario de la parcela y comprador de la casa, se le abrió un expediente sancionador también por infracción urbanística y una cuantía que puede llegar a los 74.750 euros puesto que se descubrieron además cuatro casetas de obra por valor de 3.950 euros.
Por último, también se ha abierto un expediente de reposición de la realidad física alterada.
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Van a multar los parkings ilegales de mercadillos, playas etc. ? Pueden aplicar la misma Ley...