La Audiencia Provincial ha fallado que una aseguradora tendrá que hacerse cargo de la indemnización y los gastos judiciales ocasionados a una empresa de cruceros turísticos de Sant Antoni que fue demandada por un par de pasajeros que sufrieron lesiones en un accidente ocurrido en 2004 durante una travesía entre Cala Bassa y Sant Antoni.

Hasta ahora, la empresa Winterthur había rehusado hacerse cargo de los más de 5.100 euros de gastos ocasionados alegando que la empresa había contratado una póliza denominada 'seguro de embarcaciones de recreo' y que, al ser el barco que protagonizó el siniestro un barco de crucero que realiza excursiones turísticas pagadas (conocidas también como 'golondrinas'), no se incluía dentro de dicha categoría.

Los magistrados provinciales resaltan que, al menos desde 1997, la empresa Cruceros Pascual tenía cubierto su 'Flipper III' por dicha póliza, sin que la aseguradora pusiera reparos a dicho contrato a pesar de que se indicaba que el uso era «servicio público de pasajeros». Igualmente, tampoco se incluía en ninguna cláusula el hecho de que la actividad comercial de la embarcación anulaba la cobertura del seguro.