24/06/04 0:00
El Consejo de administración de la Autoritat Portuària aprobó ayer las cuantías de las sanciones por infracciones cometidas en caso de exceso de velocidad en la navegación de las embarcaciones en la zona de servicios de los puertos. «Siempre que no se hayan producido daños a terceros o situaciones de peligro» las sanciones por exceso de velocidad serán de 300 euros si la embarcación sobrepasa de uno a tres nudos la velocidad máxima permitida dentro del puerto (tres nudos); de 700 si la sobrepasa de 3 a 5 nudos; de 1.200 euros si el exceso es de 5 a 7 nudos sobre la velocidad permitida y de 1.500 euros si el exceso es de más de 7 nudos. Un nudo equivale a una velocidad de 1,9 kilómetros por hora.
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