Las sugerencias que ha enviado Aeropuertos y Navegación Aérea (Aena) sobre el avance del Plan Territorial Insular (PTI) que ha presentado el Consell Insular dejan claro que las determinaciones de este plan «no pueden suponer una limitación en el ejercicio de competencias exclusivas del Estado», entre las que se encuentra «el funcionamiento de los aeropuertos de interés general».

En este sentido, la carta de alegaciones enviada al Consell señala que «el ámbito de la Zona de Servicio Aeroportuaria delimitado en el Plan Director del Aeropuerto de Eivissa debe ser recogido como Sistema General Aeroportuario por los instrumentos generales de ordenación (en este caso el PTI)» y que «las determinaciones de estos documentos no pueden interferir en el funcionamiento de los aeropuertos de interés general de competencia exclusiva del Estado».

Aena también advierte de que en las Àreas de Protección del Parque Natural de Ses Salines «se produce una intromisión en la Zona de Servicio contemplada en el Plan Director del Aeropuerto de Eivissa» y que la especial protección con que se dota estas áreas «es incompatible con las necesidades aeroportuarias».

Del mismo modo, las alegaciones presentadas por Aena al PTI consideran que «no es admisible que la Zona de Servicio del aeropuerto se encuentre afectada por la Franja del litoral de Eivissa de 500 metros» y añade que «la normativa particular para estos suelos deberá excluir del apartado de las actividades que se prohiben expresamente los aeropuertos de interés general y más en este caso dado que en esta franja se encuentra parte del área de movimiento de aeronaves y la cabecera de la pista actual».