Cambios superiores a 2´5 millones de pesetas requerirán acreditación
La información recogida por entidades financieras se trasladará al servicio de prevención de blanqueo de capitales en Madrid
30/12/01 0:00
A partir del 1 de enero todas las oficinas bancarias y entidades financieras, incluidas las del Banco de España, requerirán acreditación a los ciudadanos residentes que pidan cambiar pesetas en euros por un importe superior a los 2'5 millones de pesetas, y a los extranjeros no residentes por importes superiores al millón de pesetas. La documentación sobre las personas que realicen operaciones de cambio de divisa por estos volúmenes de dinero se remitirá al servicio de prevención de blanqueo de capitales en Madrid donde, si procede, se abrirán los correspondientes expedientes de investigación por blanqueo de capitales.
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