Miles de participaciones de Lotería de Navidad que se ponen a la
venta estos días en todo tipo de establecimientos de Eivissa y para
todo tipo de fines que añaden una cantidad adicional o un donativo
son completamente ilegales. Tres órdenes del Ministerio de Economía
y Hacienda facultan al Organismo Nacional de Loterías y Apuestas
del Estado y las Delegaciones Provinciales de Economía y Hacienda a
autorizar sólo «a las instituciones o entidades de carácter
benéfico o de pública utilidad», el fraccionamiento de billetes de
los sorteos de la Lotería Nacional mediante la emisión de
participaciones con sobreprecio de hasta un 20 por ciento de su
valor.
Esto significa que si un ciudadano compra una fracción a una
entidad que no sea sin ánimo de lucro o que si el valor del
donativo o sobreprecio de hasta un 20 por ciento de su valor está
adquiriendo una fracción ilegal. Las autorizaciones para vender
fracciones han de solicitarse al Organismo Nacional de Loterías y
Apuestas del Estado cuando los peticionarios sean entidades o
asociaciones de ámbito nacional o radiquen en la provincia de
Madrid y a las respectivas Delegaciones Provinciales de Economía y
Hacienda en los restantes casos.
A este requisito, que pocos cumplen, hay que sumar que la
instancia debe ir acompañada con una declaración de la aplicación
que se ha de dar a los beneficios que se obtengan y una copia de la
orden ministerial que haya declarado benéfica o de pública utilidad
a la institución solicitante o, en su defecto, un certificado
expedido por la autoridad jerárquica correspondiente que acredite
que la entidad reúne tales circunstancias. Hay más requisitos
incluso. Entre ellos que el importe total a fraccionar no sea
inferior a 50.000 pesetas y que se especifique la Administración
donde van a retirar los billetes.
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