Más de 150 usuarios y futuros propietarios de embarcaciones de recreo de Eivissa y Formentera están inscritos en la lista de espera para acceder a un amarre en los puertos de Eivissa que gestiona directa o indirectamente el Govern balear. Un decreto de esta institución, que presentaron ayer la consellera de Medi Ambient, Margalida Rosselló, y por el director general de Litoral, Onofre Rullán, pretende regular ésta y el resto de listas de espera.

Rosselló recordó ayer que hasta la redacción y aprobación de este decreto el criterio de selección de solicitantes era arbitrario, y muchas veces «sólo se regía por el hecho de conocer o no al autor de la petición». Así, el decreto determina una serie de criterios de valoración para autorizar a los integrantes de la lista de espera que los cumplan. El baremo se basa en las características de la embarcación solicitada en relación al lugar vacante, se valorará que la residencia habitual sea en la isla del puerto solicitado, se dará preferencia a la persona física antes que a la jurídica y también a los solicitantes que más tiempo lleven en la lista de espera.

Otra determinación importante de este decreto es que sólo se concederá un amarre por persona, siempre que haya lista de espera. Se condiciona la autorización a que no se disponga de ningún otro en ningún puerto de las Balears. Rosselló y Rullán advirtieron de que se comprobará la veracidad de los datos de las solicitudes.

Los autorizados antes del decreto mantendrán la autorización y los barcos de esloras superiores a 12 metros se autorizarán por concurso. Rosselló incidió en la transparencia, equidad y claridad que introduce el decreto en un tema tan delicado como el litoral balear «un bien escaso que debe soportar cerca de 37.000 barcos de recreo en verano».

1.111 plazas de puertos pitiusos afectadas por el decreto
El hecho de el puerto de Sant Antoni, con 188 amarres, sea el único de gestión directa no exime al resto de puertos en concesión, en este caso el Puerto Deportivo de Santa Eulària, de 755 amarres, y el Club Náutico de Sant Antoni, de 168, de respetar ciertos criterios. Así, el decreto señala que, aunque la gestión de estos dos últimos sea indirecta, la administración comunicará al concesionario quien debe ocupar cada uno de los lugares del puerto explotado indirectamente. En estos puertos, además, los antiguos usuarios de la concesión extinguida tendrán preferencia para obtener una autorización.