El Tribunal Supremo considera que puede estar justificado que en Balears se construyan nuevos campos de golf por las repercusiones que tienen sobre el turismo, la principal fuente de ingresos de la Comunitat Autònoma. En concreto, el Alto Tribunal defiende en una sentencia dada a conocer ayer por Ultima Hora que a este tipo de instalaciones se le conceda la declaración de interés social por parte de la Comissió Insular d'Urbanisme (CIU) correspondiente por establecer la propia Ley Autonómica 12/88 de Campos de Golf, que siendo Balears una comunidad que se sustenta del turismo es «altamente necesario potenciar esta fuente de ingresos procurando por todos los medios una mejora de las ofertas para atraer un turismo de calidad».

Y añade: «Uno de los caminos más indicados para atraer el turismo de invierno de calidad es potenciar el deporte del golf». Basándose en esta argumentación, el Supremo señala que «la justificación concreta de cada campo de golf debe limitarse a la comprobación de que no existen inconvenientes» para los intereses agrícolas o hidráulicos. En el caso concreto al que se refiere la sentencia, el Supremo ha revocado la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Balears que estimaba el recurso del PSM contra el acuerdo de la CIU que concedía la citada declaración de interés social a un campo de golf que pretendía construirse en la finca de s'Estanyol de Pontiró, en Palma.