Unos días después de dicho informe, concretamente el 26 de octubre, Tur Serra presentó un escrito en el que renunciaba a la solicitud que presentó en su momento para la obtención de un amarre para su embarcación, «pidiendo expresamente que dicha solicitud sea excluida del procedimiento de valoración y asignación de amarres». En este sentido detalla Blasco que, aunque el escrito habla de «renunciar» a la solicitud, «técnicamente no es una renuncia sino un desistimiento, ya que el escrito supone retirar sólo la solicitud presentada en este procedimiento».
Informe jurídico
El informe jurídico que solicitó el Consell continúa valorando si el conseller de Medio Ambiente incurrió en alguna causa de abstención o recusación con anterioridad o después de su renuncia.
En este sentido, señala que el 9 de noviembre de 2022 Tur fue sustituido en la tramitación de dicho procedimiento por Rafael Ramírez, Conseller de Bienestar Social, con lo que «ha quedado fuera de dicho procedimiento en su condición de Conseller que dirigía la tramitación».
«En el procedimiento de adjudicación de los amarres, el referido Conseller no ha adoptado hasta el momento ninguna decisión ni acto de trámite sobre el mismo, dado que el procedimiento fue iniciado por providencia de su antecesor el 9 de noviembre de 2020 y, además, la tramitación ha sido realizada hasta ahora por los funcionarios y empleados públicos de la Conselleria de Medio Ambiente. Por otra parte, a partir del día 9 de noviembre de 2022, la responsabilidad o dirección de la tramitación de este procedimiento ha sido encomendada por la Presidenta del Consell al Conseller de Bienestar Social, Rafael Ramírez.
Por lo tanto, el Conseller Antonio Tur ya no tiene ninguna responsabilidad o función en la tramitación del procedimiento de adjudicación de los amarres», con lo que «no existe conflicto de intereses ni causa de abstención en dicho procedimiento».
«No existe incompatibilidad»
Desde la institución insular, por su parte, subrayaron que, tal como viene reflejado en el acta de la sesión de la junta de gobierno extraordinaria celebrada el 29 de noviembre «y así se contempla en el informe jurídico, no existe ninguna incompatibilidad». Han destacado que, aun siendo compatible, «el conseller decidió desistir de la solicitud por ética personal. Además, no es correcto decir que ha renunciado al amarre que se le ha concedido porque estos no se han adjudicado de manera definitiva, lo que se ha aprobado es la lista de asignación inicial en la que el conseller no figura al haber desistido de su solicitud».
Algo que no se corresponde con la realidad porque, según el propio informe, «este usuario ha renunciado con posterioridad al informe de valoración», lo que obligó a modificar las tablas de adjudicación inicial, en las que aparecía como adjudicatario de una de las plazas.
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