La sentencia del Tribunal Supremo sobre el «caso Bitel» ha puesto punto y final a un conflicto judicial sobre el cual se han escrito páginas y páginas durante muchos años. El Supremo ha sentenciado que ni el funcionario Sebastián Vallori ni Francisca Pascual, secretaria del president del Govern, cometieron un delito de descubrimiento y revelación de secretos cuando fue desviado el correo electrónico del socialista Francesc Quetglas al Consolat de Mar. No hay, por lo tanto, ningún delito. Ahora bien, el Tribunal Supremo entiende que las «comunicaciones del querellante -Francesc Quetglas- fueron interferidas de manera ciertamente ilegítimas». Aún así, ni Pascual ni Vallori espiaron ni usaron el contenido de los mensajes que se remitían al entonces presidente de la Comisión Insular de Urbanismo de Mallorca.

Tras leer la sentencia, resulta exagerado pedir responsabilidades políticas al mismísimo Jaume Matas. No hubo espionaje y, por lo tanto, no hay delito. Según el Tribunal Supremo, la desviación de correos electrónicos sólo puede atribuirse a un error del servidor, es decir, de la empresa Bitel. Pero el conocido como «caso Bitel» fue uno de los argumentos políticos utilizados por las fuerzas de izquierdas para atacar a Jaume Matas después de que éste perdiese el poder en 1999. El Supremo ya dictaminó en su día que Matas no tenía ninguna responsabilidad en el asunto y ahora ha exculpado a sus dos colaboradores. Otra cosa diferente hubiese sido que desde Bitel se hubiese redireccionado el correo electrónico de forma premeditada para conseguir información privilegiada. Tampoco es el caso. En este asunto judicial hay que destacar, sobre todo, el trabajo del abogado Rafael Perera, representante de los acusados. El Supremo ha aceptado toda su línea de defensa, que mantenía que el delito de «descubrimiento y revelación de secretos» protege la intimidad de las personas, por lo que sólo puede ser cometido cuando se atenta contra aspectos íntimos y no contra actuaciones políticas.