El derecho a la huelga es una de las herramientas fundamentales de la democracia, por cuanto permite defenderse a un enorme sector "los trabajadores" de las injusticias a las que puedan verse sometidos. Sólo los países totalitarios prohíben este derecho, considerado como uno de los grandes logros del progreso social. Pero la huelga, como asunto de máxima importancia, está regulada por la legislación y en caso de afectar a servicios básicos para la ciudadanía, como el transporte o la sanidad, se impone el cumplimiento de unos servicios mínimos que garanticen la continuidad de la prestación de una parte de esos servicios. Si los sindicatos estiman que la Administración ha establecido unos servicios excesivos pueden y deben acudir a los tribunales.
Editorial
Servicios mínimos incumplidos
12/04/02 0:00
También en Opinión
- Iniciado el proceso de desalojo de los okupas de Can Rova 2
- «Mi hija y yo nos tenemos que duchar con garrafas de agua del pozo de Sant Rafel»
- El error que muchas mujeres cometen al hacer pis y que puede ocasionar las latosas infecciones de orina
- Detenido un conocido concejal del PSOE por pasearse desnudo delante de menores en varios gimnasios
- Espectacular vuelco de un coche en Ibiza
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Periódico de Ibiza y Formentera
De momento no hay comentarios.