Dos funcionarios de la Generalitat acusados de acceder, sin justificación alguna, al sistema integral de violencia de género (Viogén) para consultar datos personales y reservados de Rocío Carrasco y su expareja Antonio David Flores, han negado que actuaran así por entretenimiento u ocio y se han justificado: «Queríamos asesorarnos y ayudar a víctimas que nos llamaban y que se vieron reflejadas en Rocío».
Así se han pronunciado los dos acusados, uno de ellos psicólogo y, la otra, trabajadora social interina en una Oficina de Atención a las Víctimas del Delito. La Fiscalía ha elevado a definitivas sus conclusiones y pide para ellos sendas penas de tres años y medio de prisión, así como una multa de 18 meses a razón de 10 euros
diarios y seis años de inhabilitación absoluta por un delito de descubrimiento y revelación de secretos. Por su parte, la defensa reclama la absolución al no ver delito, puesto que ha aludido a la autorización de los funcionarios para consultar Viogén y ha enmarcado la actuación en «el ejercicio de sus funciones». Tampoco ve perjuicio alguno.
Los hechos se remontan al 22 de marzo de 2021, tras la emisión del primer capítulo de la docuserie 'Rocío, contar la verdad para seguir viva', emitida por Telecinco.
Los dos acusados han explicado que al día siguiente de la emisión del capítulo recibieron numerosas llamadas en la oficina por parte de mujeres que aseguraban que estaban viviendo una situación parecida a la de Rocío Carrasco y pedían asesoramiento.
Uno de los funcionarios, el psicólogo, ha explicado que acudió a Viogén, aplicación sobre la que tenía autorización para entrar, con el objetivo de orientarse con los casos que estaban atendiendo. «En particular me interesaba consultar si existía alguna orden de protección en el expediente de Rocío y si se había asignado algún tipo de unidad de vigilancia», ha dicho.
«Lo que necesitaba saber --ha proseguido-- es si Rocío era víctima de violencia de género y si, por ello, tenía asignado un nivel de riesgo y una unidad de vigilancia. Así, podría asesorar a otras posibles víctimas que decían que les pasaba lo mismo y que estaban en la misma situación».
El funcionario, que ha insistido en que accedió a los datos únicamente por motivos profesionales, ha indicado que para acceder a Viogén no tuvo que sortear contraseñas ni piratear nada y ha negado que lo hiciera de forma lúdica o por entretenimiento: «Lo hice en el ejercicio de mis funciones», ha repetido.
Al respecto, el presidente del tribunal ha pedido al acusado que volviera a explicarse puesto que no entendía por qué necesitaba consultar el expediente de Rocío Carrasco para, como psicólogo, asesorar a otras posibles víctimas. Y el acusado ha incidido: «Saber si en ese caso había algún nivel de riesgo podía ser útil para entender si las posibles víctimas que nos llamaban también podían tener atribuido el mismo nivel de riesgo. Podía recomendarles que hicieran la denuncia pertinente para obtenerlo», ha afirmado.
"no se hizo con intencionalidad"
Por su parte, la otra funcionaria acusada ha repetido --también en su última palabra-- que la consulta a Viogén «no se hizo con ninguna intencionalidad que no fuera profesional». Ha explicado que en su caso, el día de los hechos, recibió la llamada de una víctima, a la que ya habían tratado, que le dijo que se había sentido identificada con lo que se había denunciado en el programa de televisión relacionado con la violencia vicaria y con lo que había contado Rocío Carrasco.
Así, ha indicado que entró en Viogén «para contextualizar la situación y ver lo que estaba pasando», al tiempo que ha añadido que «nunca hubiera podido predecir que hacer esa consulta desencadenase estas consecuencias».
Durante el juicio han comparecido varios testigos, entre ellos, la que fuera compañera de los acusados y letrada en la Oficina de Víctimas, quien ha corroborado las numerosas llamadas que recibieron tras la docuserie por parte de víctimas que se sentían identificadas.
Preguntada por cómo los funcionarios podían ayudar a esas víctimas con la consulta del expediente, la testigo ha indicado que «llamaba la atención que todas las víctimas, que presentaban una problemática diferente, se sintieran identificadas con Rocío. Entones, era entender qué estaban necesitando. Algo había ocurrido con esa persona --la hija de Rocío Jurado-- que había hecho que todas abrieran los ojos. Queríamos entender por qué las víctimas se veían identificadas con ella», ha repetido.
Por su parte, el jefe de servicio de ordenación de puestos de trabajo de la Administración ha señalado, en calidad de testigo, que fue el encargado de instruir el expediente disciplinario de los acusados, aunque no pudo acabarlo porque se iniciaron las actuaciones judiciales.
De esta forma, solo pudo tramitar un expediente relacionado en Alicante sobre el que el fiscal no vio delito. Al respecto, ha explicado que se trataba de un caso similar en el que la funcionaria aseguraba que había consultado el expediente ante el aumento de llamadas de personas con síntomas similares a Rocío Carrasco.
Tras estudiar este caso concreto, el testigo ha manifestado que no encontró limitación expresa de que no se pudiera consultar este tipo de casos. «No encontré en los manuales nada que pusiera que no se podía acceder a un expediente si no se tenía relación con el procedimiento. No la encontré, aunque no digo que no exista», ha señalado. El testigo no vio en este caso mala fe y creyó que la funcionaria consultó Viogén en el ejercicio de su cargo.
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