La Sección Tercera de la Sala de lo Penal ha ordenado el cierre definitivo de la cuenta que Francisco Sánchez López tenía en esta red social y el de su página web, al considerar que sus mensajes «no pueden estar amparados por el derecho a la libertad de expresión» debido a su carácter continuado y a la ausencia de un «contexto literario, artístico o humorístico».
La sentencia, hecha pública este jueves, cree que la «gran difusión de los mensajes emitidos y la gravedad intrínseca del contenido» constituyen un delito de ensalzamiento a la actividad de ETA y acreditan el «grave y gratuito escarnio» que ocasionó a «múltiples» víctimas de la banda terrorista, como Irene Villa, José Antonio Ortega Lara o Luis Carrera Blanco.
Difusión incontrolada
Los magistrados Alfonso Guevara, Angeles Barreiro y Clara Bayarri consideran que tenía un «gran número de seguidores» -309-, un alto índice de actividad -más de 2.667 tweets- y un gran número de «seguidos».
«La existencia de un alto número de seguidores multiplica exponencialmente el riesgo de difusión, pues los tweets remitidos aparecen automáticamente en los perfiles de estos, sin control alguno por parte del emisor en relación al reenvío de tales mensajes, que así, se multiplica de forma absolutamente incontrolada», añaden.
Los jueces consideran acreditado que el acusado era el titular de esas cuentas dado que sus fotografías, su nombre y el lema «Hagamos del punk una amenaza» coincidían en Twitter y Facebook. Además, su imagen se correspondía con otras instantáneas colgadas en ambos perfiles, en las que se le podía ver con el grupo musical Reincidentes o la bandera independentista andaluza.
«La posibilidad de que una tercera persona hubiera abierto dicho perfil utilizando los datos personales y biográficos del acusado se acredita increíble y carente de verosimilitud, si se constata que dicho usuario alternativo tiene que disponer de fotografías del acusado variadas correspondientes a distintas épocas de su vida y en actos privados», agregan.
La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Clara Bayarri, considera probado que Sánchez publicó, desde el 28 de enero de 2013 hasta el 21 de agosto de 2014 mensajes en Twitter, como «las declaraciones de Jorge Fernández Díaz son claramente proETA. Está pidiendo a gritos un tiro en la nuca» o «ETAmos esperando a ver si alguien se ocupa de Ana Botella o Aznar».
Además, frivolizó con el secuestro del funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara, que duró 532 días, el cautiverio más duradero de la historia criminal de la banda. «Mucho hablar de San Fermín, pero seguro que nadie ha visto a Ortega Lara por allí, ¿verdad?. Es porque siete días de encierros le parecen poco», difundió.
Respecto al asesinato del almirante Carrero Blanco en 1973, publicó «insultarlo 30.000 euros de multa, darle un tartazo 9 años de cárcel, verlo volar no tuvo precio». «No sé por qué criticamos a ETA, si es la organización que más ha combatido contra los coches oficiales», fue otro de los comentarios.
4 comentarios
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se deberia meter en la carcel un partido politico por mentir al pais entero pues siiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiii. rajoi el primero.
@mariano si aplicamos la ley llamar idiota a una persona es una calumnia y está castigado con multa (y posiblemente privación de libertad)......la libertad de expresión es tan grande que llamar idiota a un idiota jamás puede llevarte a prisión....O si?
Ese tipo es directamente idiota. Esto también es libertad de expresión.
Al PP le asusta la libertad de expresión, y sin justificar ninguna apología a la violencia, siempre he pensado (muchos jueces también) que no amenaza quién quiere sino quién puede:Si un pobre diablo quiere quemar el mundo desde twiter no es lo mismo que un etarra que amenace de muerte a un político....la libertad de expresión debe de prevalecer, a menos, que se amenace con otras cosas que no sea la palabra y el pensamiento.