Imagen de archivo de una VTC en Ibiza.

El Tribunal Constitucional ha avalado la suspensión de los 30 minutos de precontratación mínima de los Vehículos de transporte con conductor (VTC) establecidos en una ley del Govern balear.

Así, el Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado por unanimidad la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo sobre un artículo del Decreto-ley 1/19, de 22 de febrero, de Baleares, que establece la obligación de reservar el servicio de los VTC con una antelación de 30 minutos a su prestación.

Según ha informado el TC este martes, la sentencia considera la medida contraria a la libertad de empresa, tal como planteó el Supremo en 2023 y señala que "obstaculiza de forma no razonable" la actividad de los VTC.

El Tribunal considera que la medida de los 30 minutos de precontratación mínima establecida en el decreto ley perseguía finalidades constitucionalmente legítimas, como buscar un equilibrio entre el sector del taxi y VTC. No obstante, estima que la norma concreta no es adecuada y no está justificada.

Así, apunta que sitúa a los VTC en una "desventaja competitiva" en el único segmento en el que operan y, además, que no ofrece una tutela del consumidor, puesto que supone una restricción para la actividad de uno de los sujetos que prestan el servicio de transporte de viajeros.