La Fiscalía ha remitido al juzgado de primera instancia e
instrucción las diligencias informativas sobre este caso al
considerar que se ha podido cometer un delito contra la ordenación
del territorio y el medio ambiente. Además, considera que se
deberían practicar diversas diligencias para esclarecer la
situación urbanística en que se encuentra ese área y la manera en
que ha obrado el Ayuntamiento en este asunto. Entre otros
documentos, el fiscal considera prioritario que el Consistorio
entregue la relación de las licencias otorgadas desde el 25 de mayo
de 1995 hasta la fecha en los sectores 3.7, 3.8, 3.9 y 3.10 de es
Cubells.
La Policía Judicial deberá barrer el paraje para identificar
«todas y cada una de las viviendas en fase de construcción»
existentes en la zona de acantilados, «con indicación de si tienen
o no licencia». Asimismo, el fiscal pide como medida cautelar la
«paralización y precinto judicial de las edificaciones de viviendas
que se encuentren en fase de construcción».
El caso es de una complejidad extrema y se remonta a 1973,
cuando el Plan Provincial de Balears calificaba el área como
«elemento paisajístico singular con edificabilidad cero». Doce años
después el Ayuntamiento de Sant Josep presentó ante la Comisión
Provincial de Urbanismo (CPU) la propuesta de Normas Subsidiarias
(NNSS) donde incluía como urbanizable toda la zona.
En 1986 la CPU aprobó las NNSS, pero con la condición de que el
Consistorio cumplimentara 20 prescripciones, entre ellas la de que
los sectores 3.8, 3.9 y 3.10 siguieran siendo elementos
paisajísticos singulares. Tras las alegaciones, el Ayuntamiento
debía delimitar las superficies de los sectores que no formando
parte del acantilado pudieran tener la clasificación de urbano. Las
delimitó (sectores 3.4.1. y 3.4.2.), pero siguió convirtiendo en
urbano aquello que según la CPU no debía ser edificable, por lo que
no las aceptó.
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