La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de
Balears ha ratificado la sentencia dictada por el juzgado de lo
Social de Eivissa en la que se reconoce el derecho de los
trabajadores de Ineuropa cedidos por Iberia a tener billetes gratis
o con descuentos, tal y como defendió en su día el sindicato USO.
El TSJ desestima así los recursos que interpusieron ambas
partes; Ineuropa con el objeto de no verse obligada a facilitar
billetes o a abonar su coste y los trabajadores en un intento por
conseguir que el dictamen se hiciera extensivo a otras compañías
con las que Iberia tiene acuerdos bilaterales. Sin embargo, el
Tribunal balear no ha atendido estas peticiones y ha confirmado que
el segundo operador de handling sólo deberá garantizar el derecho
de los empleados cuando se trate de billetes de la compañía
Iberia.
El juzgado de lo Social de Eivissa, en la sentencia que emitió
el pasado mes de octubre desestimó el motivo alegado por Ineuropa
de que no podía facilitar billetes por carecer de una flota de
aeronaves. La juez Maite Alejandro Aranzamendi entiende que, cuando
Ineuropa se hizo con los servicios en el aeropuerto de Eivissa,
conocía la cláusula del pliego de condiciones, en las que se
explicita que los trabajadores subrogados tendrán garantizados los
mismos derechos que en la compañía Iberia. «Cuando voluntariamente
decidió concurrir a la adjudicación de la segunda concesión del
servicio de handling sabía que tendría que asumir un número
determinado de trabajadores respetando la integridad de los
derechos», recoge en su sentencia el TSJ.
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