Por el momento está pendiente de aprobarse el reglamento que desarrollará esos aspectos; el retraso en la aplicación es solo «un desfase» temporal hasta el traspaso de funciones del Gobierno que está en funciones tras la convocatoria electoral, según fuentes del Ministerio de Derechos Sociales.
Desde el Ministerio han explicado a EFE que el reglamento está redactado salvo matices y pendiente solo de aprobación.
Por otro lado, la Real Sociedad Canina de España recomienda a los propietarios de perros revisar, tanto las pólizas disponibles en el mercado, como la cobertura de sus seguros de hogar, ya que algunos incluyen la responsabilidad civil de los perros frente a terceros por la entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal el próximo 29 de septiembre.
Aunque la interinidad del Gobierno no permite aprobar la obligatoriedad de los seguros para mascotas por su rango de normativa, la RSCE recomienda la contratación de este seguro, ya que según la Dirección General de Derechos de los Animales, el desarrollo reglamentario completo se aprobará probablemente en otoño.
El director general de Derechos de los Animales, Sergio Torres, ha dicho a EFE que la ley garantizará «el abandono cero de animales de compañía» con la garantía de que han sido considerados «seres dotados de sensibilidad en nuestro código civil».
Ha recordado que la ley establece dos ejes fundamentales; el primero es luchar por eliminar «la lacra del abandono de animales en nuestro país, que recordemos la cifra está en torno a los 300.000 cada año».
En segundo lugar, asegurar el sacrificio cero en las perreras: «ahora mismo cerca de 100.000 animales sanos de los abandonados son sacrificados», ha añadido Torres.
Esta ley «viene a regular, en un marco homogéneo para todo el territorio nacional lo que ya es una valoración de sentido común para la mayoría de la ciudadanía, la necesidad de garantizar el bienestar de los animales que conviven con nosotros y nosotras».
Aparte del retraso de última hora en la aplicación de algunos aspectos relevantes de la norma hasta el traspaso de funciones del Gobierno en funciones, existen plazos fijados en el texto para dar tiempo a la adaptación de los afectados por la nueva ley.
Es el caso, por ejemplo, de la moratoria de un año desde la entrada en vigor de la ley para que las tiendas que venden perros, gatos y hurones puedan adaptarse, porque no podrán seguir haciéndolo; sólo tendrán autorización para comercializarlos los criadores.
La ley establece sanciones económicas que van desde los 500 a los 200.000 euros dependiendo de la gravedad de la infracción.
La norma protege a los animales domésticos y a las especies silvestres que están bajo el cuidado humano del maltrato y abandono y promueve la adopción y tenencia responsable.
La nueva ley excluye a los perros de caza y los de otras actividades profesionales de su aplicación.
Se considerarán animales de compañía según la ley además de a los perros, gatos y hurones, a las especies incluidas en un listado elaborado por Ministerio de Derechos Sociales; asimismo los animales de producción inscritos por sus titulares como ejemplares de compañía, entre otros.
Entre otras novedades, no podrán dejarse los animales de compañía sin supervisión durante más de tres días consecutivos, y en el caso de la especie canina, el máximo serán veinticuatro horas consecutivas.
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