La Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha resuelto una apelación a favor de dos personas que litigaban para conseguir una indemnización después de que ambos resultaran heridos por un cohete en 1998 cuando se celebraban fuegos artificiales en el cierre de las fiestas de Sant Carles.

La sentencia viene a revocar el fallo de un juzgado de Primera Instancia Eivissa en el que se absolvía al pirotécnico encargado de los fuegos y a una entidad aseguradora. La nueva decisión judicial impone que uno de los perjudicados 1.371.468 pesetas y el otro 963.150, cantidades a las que hay que sumar los intereses legales desde la fecha que se produjo la reclamación judicial.

Los hechos enjuiciados ocurrieron el 5 de noviembre de 1998 poco después de la medianoche Un cohete se desvió de su trayectoria y fue a explotar debajo de un coche en el que estaban apoyados un hombre y una mujer. Estas dos personas sufrieron heridas que tardaron en curar sesenta y quince días respectivamente. A ambos les quedaron como secuelas múltiples cicatrices en las piernas, dice la sentencia. Otras personas también resultaron con lesiones como consecuencia de la misma explosión.

Las dos víctimas aludidas presentaron demanda contra el pirotécnico y la compañía de seguros «Centro Asegurado». Estos últimos descargando responsabilidad y argumentando que debían pedirse responsabilidades a la entidad organizadora de los festejos de Sant Carles, alegando que a ella le correspondía solicitar los permisos y autorizaciones administrativas pertinentes.