El Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite parte del recurso de casación presentado por la promotora del golf de Cala d’Hort, Calas del Mediterráneo, S. A., contra el Govern por no haber podido construir esta instalación.

Este recurso impugna una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) que condenaba al Govern a pagar 258.797 euros más el incremento del IPC desde junio de 2006 en concepto de indemnización por impedir la construcción del golf en esta zona. En ese fallo, el TSJB estimaba parcialmente el recurso de la promotora, que quería levantar un campo de golf, viviendas de lujo y un hotel de cinco estrellas.

La propiedad

En su día esta sentencia fue muy bien valorada por los ecologistas, ya que se trata de una cantidad ínfima al lado de lo que pedían los propietarios, que eran 12,4 millones. En ese fallo se decía que lo único que tenía que pagar el Ejecutivo autonómico a la promotora eran los gastos producidos hasta el momento en que se prohibió ejecutar este golf a través de la Ley de Conservación de Espacios de Relevancia Ambiental de les Illes Balears (LECO).

En esta normativa se decía expresamente que el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) que se debe desarrollar en esta zona tenía que «prohibir expresamente la ejecución del proyecto de campo de golf y su oferta complementaria».

El auto que ha emitido el Tribunal Supremo ahora rechaza varios puntos del recurso y admite tramitar otros dos, entre ellos uno que hace referencia a una discrepancia en torno a las pruebas practicadas.