Indemnización de 77.410 € para la dueña de una casa en Cala Molí que se realquilaba sin permiso.

Indemnizar con 77.410 euros a la dueña de la vivienda y dejar vacía y a su disposición la finca que alquilaron en 2001 en Cala Molí, en el término de Sant Josep. Es la condena impuesta por la Audiencia Provincial a una pareja que ha venido disfrutando de la propiedad desde el año 2001 y a la mujer que se la alquiló sin el consentimiento de la propietaria.

Según la sentencia, la mujer que realizó el arrendamiento sin el consentimiento de la dueña deberá indemnizar a la legítima propietaria, mientras que los inquilinos deberán abandonar y vaciar la propiedad.

La sección tercera del tribunal provincial ha confirmado una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ibiza que estimó la demanda de una mujer que decía ser propietaria de la vivienda desde 1974 pero había extraviado el contrato de compra.

La propiedad afectada es una parcela de 336 metros cuadrados de la urbanización Cala Molí con una vivienda, donde reside una pareja que alega tener un contrato de arrendamiento con opción a compra otorgado por otra mujer que se identificó en su día como propietaria de la finca.

La pareja recurrió la sentencia al entender que no ha quedado acreditado que la demandante sea la propietaria del inmueble, aunque en el curso del procedimiento judicial, en 2016, fue otorgada a la demandante la ratificación del contrato formalizado en escritura pública que había extraviado. Alegan que a pesar de que la mujer dice que adquirió la vivienda en 1974, no justifica una ocupación continuada, ni se preocupó por su conservación hasta 2013.

Titular del inmueble

El tribunal afirma que, a pesar de los 40 años transcurridos y de la falta de un rastro documental claro, hay elementos suficientes para considerar acreditado que la demandante es titular del inmueble, que compró a la empresa titular de toda la finca donde se encuentra la vivienda.

El tribunal menciona la declaración ante notario de la que fuera la secretaria de esa compañía entre 1971 y 1980, que dijo recordar que la demandante compró una parcela de terreno con un bungaló aproximadamente en 1974. La sala recuerda que en 2016 se ratificó el contrato formalizado de segregación y obra antigua por el que la mujer adquirió la finca.

Además existe una denuncia que interpuso la mujer en 1994 por la ocupación de la vivienda sin su autorización, en la que ya se identificó como propietaria y explicó que el título se había extraviado.

La sala destaca que quienes ocupaban la vivienda entonces eran la mujer que luego alquiló la vivienda en 2001 y su pareja, y llama la atención sobre el hecho de que las diligencias policiales recogen que hay signos de que la entrada de la vivienda había sido forzada.