La pareja ha sido condenada hasta en tres ocasiones por los juzgados de Ibiza.

La sección primera de la Audiencia Provincial ha estimado parcialmente el recurso presentado por un pareja de Ibiza que fue condenada a 8 años y siete meses de prisión por cinco delitos de maltrato habitual en el ámbito familiar, una pena que la Audiencia ha rebajado a 21 meses al agrupar los cinco delitos de maltrato, uno por cada hijo de la pareja.

La resolución de la Audiencia responde al recurso presentado por la pareja, padres de cinco hijos de 9, 6, 5, 3 y 1 año, contra una sentencia del juzgado de lo Penal número 1 de Ibiza que condenaba a cada uno de los progenitores a 21 meses de prisión por cada uno de los cinco delitos de maltrato que les imputaba.

La sentencia firmada por la jueza Clara Ramírez de Arellano también les imponía la privación de derecho a la tenencia y porte de armas durante tres años y medio, y prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de sus hijos, de su domicilio, centro de estudio y de comunicarse con ellos por cualquier medio durante tres años y medio.

Maltratos y amenazas

Según el relato de los hechos probados, durante varios meses anteriores al 15 de febrero de 2013, cuando la pareja tenía los fines de semana a los menores «les sometían a golpes con correas y con la mano, amenazas, humillaciones y pellizcos si no se portaban bien».

Los cinco hijos de la pareja vivían con la abuela materna, quien ha tenido la guarda de hecho de cada uno de los niños conforme iban naciendo por delegación de sus padres y en virtud de sucesivos documentos notariales.

En ocasiones la pareja ponían ropa vieja a los niños y la madre los llevaba a pedir limosna a los vecinos y si causaban algún problema regresaban a casa dándoles pellizcos. Un fin de semana la violencia fue más allá ya que el padre cogió a una de las niñas y amenazó con tirarla por la ventana.

Ante esta tesitura, la hermana mayor la cogió y se la llevó a su cama para dormir. Otro día el padre castigo a los hijos con duchas de agua fría porque los pequeños habían contado los maltratos a su abuela.

Tras estos hechos, los juzgados de Ibiza dictaron sendas sentencias, una en 2013 y otra en enero de 2016, que se tradujeron en medidas de protección para los menores y la privación de la patria potestad para la pareja, nombrando como tutora de los cinco menores a la abuela materna.

Posteriormente, el 27 de junio de 2016, llegó la sentencia del juzgado de lo Penal número 1 de Ibiza tras escuchar el tribunal los testimonios de los menores, de la psicóloga y de la trabajadora social del Servicio de Protección de Menores.

Ahora, la Audiencia Provincial ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por los progenitores contra la sentencia del juzgado de lo Penal número 1 de Ibiza. El fallo revoca parcialmente en el sentido de condenar a ambos por un único delito de maltrato habitual en el ámbito familiar.

EL APUNTE

Violencia que causó en los menores «verdadero temor y angustia»

Entre los episodios de violencia los menores narraron cómo en una ocasión el padre cogió a uno de los chicos por la pierna, lo elevó y le golpeó la cabeza contra una ventana. Días antes, el hombre cogió a las tres hermanas por los pelos y las levantó en el aire. Las pequeñas sufrieron daños en el cuero cabelludo. Las amenazas con duchas de agua fría eran una constante. El padre también obligaba a uno de los hermanos a golpear a los otros y si se negaba le castigaba con una bofetada. Las amenazas y humillaciones también llevaron al padre a llenarle la boca de sal a una de las hijas que medió en una disputa.