Expliqué en un artículo anterior que el delito de desobediencia de los funcionarios y autoridades públicas está recogido en el artículo 410 del Código Penal vigente; el mismo delito cometido por ciudadanos de a pie en el 556 del mismo texto legal. En el primer caso, se castiga con «multa de 3 a 12 meses e inhabilitación para empleo o cargo público por un plazo de seis meses a dos años». En el segundo acarrea una pena de prisión de seis meses a un año. Así pues, al particular le sale mucho más caro desobedecer una resolución judicial que al funcionario o a la autoridad pública, cuando es obvio que debería existir mayor reproche penal para el delito cometido por funcionario público o autoridad. De ahí la chulería jaquetona de muchos politiquillos de tres al cuarto.

El Tribunal Superior Justicia de Cataluña ha condenado a don Artur Mas (antes Arturo) a una pena de inhabilitación y le ha ahorrado la más severa que el fiscal solicitaba por prevaricación administrativa, alegando que, de hacerlo, incurriría «en un rechazable e inadmisible bis in idem (doble condena por un mismo delito)». Para ello se basa en una sentencia del Tribunal Supremo (la 80/2006, de 6 de febrero) y concluye que «puesto que tampoco aquí identificamos una resolución deliberada e intrínsecamente prevaricadora en la omisión del deber de suspender el proceso participativo convocado para el 9 de noviembre». El razonamiento es sorprendente si se tiene en cuenta lo que preceptúa el artículo 77 del Código Penal para el caso de que un solo hecho constituya dos o más delitos, o cuando uno de ellos sea medio necesario para cometer el otro. Allá los magistrados con su conciencia y allá el fiscal con la suya si no recurre el fallo, ya que es obvio que la desobediencia se concretó en la no adopción de medidas para suspender el «proceso participativo». La reacción del separatismo catalán ha sido la esperada y, al respecto, quiero reproducir parte del contenido del «Diario Oficial del Ministerio de la Guerra» del siete de octubre de 1934:

«El Presidente de la Generalidad, con olvido de todos los deberes que le impone su cargo, su honor y su responsabilidad, se ha permitido proclamar el Estat Català. Ante esta situación, el Gobierno de la República ha tomado el acuerdo de proclamar el estado de guerra en todo el país». Fachas republicanos al lado de los cuales el timorato 155 es hoy una broma inocua.